lunes, 30 de noviembre de 2009

Lo último en malas prácticas bancarias: El cobro de alertas SMS

Un servicio que muchas entidades prestaban de forma gratuita, y que ya se retribuye con las comisiones de administración o mantenimiento



Con la crisis las entidades bancarias se resisten a ser las 'peor paradas'. Enmascarado como un servicio innovador y beneficioso para el cliente, desde hace un tiempo las entidades bancarias ofrecen un 'servicio de alertas sms' mediante el cual, cada vez que se realiza una operación de retirada o ingreso de fondos en una cuenta, el titular recibe dicha información mediante la recepción un sms, lo cual contribuye a prevenir fraudes. Pues bien, lo que aparentemente parece un beneficio para el cliente bancario al poder controlar los movimientos de su cuenta percatándose ipso facto de cualquier tipo de fraude, en realidad es un descargo de responsabilidad de la entidad bancaria, dado que, si el cliente no denuncia el fraude a tiempo, será a éste al que se le cuelgue 'el San Benito' de 'no haber obrado con la diligencia debida' y en consecuencia pretenda la entidad que 'apechugue' con la cantidad sustraída.

En los últimos años con los avances tecnológicos, las entidades bancarias han creado nuevos servicios ofertándolos a sus clientes, es el caso del servicio 'multicanal' o de acceso a banca electrónica, a través del cual pueden consultar sus cuentas y hacer cobros y pagos por Internet. Con ello el cliente ahorra sobre todo tiempo y lo que es más importante, para la entidad bancaria esto supone una reducción de costes, tanto materiales como humanos. No obstante, conviene insistir, en que este servicio de consulta y operatividad telemática es una expresión de una de las obligaciones de la entidad de crédito, la de facilitar al depositante o cliente, que realice cobros y pagos que tenga información online de las operaciones que se realizan en su cuenta corriente o depósito. Tal y como indicaba la sentencia del juzgado de primera instancia nº 44 de Barcelona de 19 de junio de 2009, 'las entidades bancarias tienen el deber de guardar y custodiar el dinero depositado por sus clientes y devolvérselo cuando lo reclamen, debiendo facilitar al cliente información sobre los abonos y cargos y el saldo de la cuenta en cada momento'.

La cara oscura de estos nuevos servicios son los riesgos que tanto para el cliente bancario como para las entidades conllevan y es que el phising o los troyanos y, en el caso de las tarjetas bancarias, tanto su sustracción como su duplicación están a la orden del día. Por todo ello, a la vez que las entidades bancarias ponen a disposición de sus clientes nuevos servicios innovadores, forma parte de sus obligaciones incrementar paralelamente las medidas de prevención y protección de tal forma que garanticen el cumplimiento de su deber de guarda de los fondos que sus clientes les han confiado.

Pues bien, lo que las entidades denominan 'servicio de alerta sms' no es más que un sistema de seguridad ya que la recepción del sms tras un cargo realizado en cuenta, advierte de forma inmediata de situaciones de riesgo, evitando fraudes como por ejemplo el phising (práctica por la que un ciberdefraudador copia con verosimilitud la página web de la entidad bancaria enviando un e-mail a uno de sus clientes y, en la creencia de que es la entidad la que se las requiere, da las claves de acceso a sus cuentas, produciéndose posteriormente por parte de este tercero, sustracciones fraudulentas), el duplicado de tarjeta o la suplantación de identidad.

Ineludiblemente unido a todo lo anterior, viene la intensificación por parte de las entidades del cobro de comisiones. Un claro ejemplo de ello es que algunas entidades, como Bankinter, han empezado a cobrar desde el 1 de julio, el 'servicio de Alerta sms' hasta entonces gratuito. La justificación, alegan que es para 'garantizar la seguridad en los pagos importantes realizados con tarjeta'. Así, cada alerta que el cliente reciba en su móvil tiene un cargo de 0,10€ liquidándose dichos servicios mensualmente. En cambio serán gratuitas, las alertas por operaciones con tarjeta, para pagos iguales o superiores a 50€.

En cualquier caso y, por todo lo anteriormente expuesto, al tratarse de un servicio ya remunerado a través de las comisiones de mantenimiento de cuenta o de administración y gastos de correo, y sobre todo, por cuanto supone al banco un ahorro de medios tanto materiales como de personal, consideramos que se trata de una mala práctica bancaria ya que además quien más resulta beneficiada este servicio es la entidad, que con ello hace recaer la responsabilidad sobre el cliente, que deberá avisar dentro de las 24 horas siguientes de percatarse del fraude.

Por Cristina Millán Rivas
Abogado. Servicios Jurídicos Centrales AUSBANC CONSUMO


link: http://www.justiciayderecho.es/Noticias/GestionNoticias_500000738_ESP.asp

1 comentario :


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